Confesión de fe (Ginebra 1536)

La confesión de fe de Ginebra fue atribuida a Juan Calvino en 1536 por Teodoro de Beza (1519-1605) quien fue sucesor de Calvino en Ginebra y quien dijo que Calvino había escrito dicha confesión como una fórmula de la doctrina cristiana adecuada para la iglesia en Ginebra. Más recientemente algunos académicos atribuyen la confesión a William Farel, pero con toda probabilidad de que Calvino fue quien hizo una considerable influencia en el documento. De hecho, los registros del Senado en Ginebra indican que la confesión fue presentada tanto por Calvino y Farel a los magistrados quienes la recibieron para luego hacer un examen más detallado del documento.

Confesión de Ginebra

Artículo 1 – La Palabra de Dios
En primer lugar confesamos que deseamos seguir la sola Escritura como norma de fe y religión, sin mezclarla con ninguna otra cosa que pueda ser concebido por la opinión de los hombres aparte de la Palabra de Dios, y sin querer aceptar para nuestro gobierno espiritual cualquier otra doctrina que lo que se transmite a nosotros por la misma Palabra sin adición ni disminución, según nuestro Señor manda en Su Palabra escrita.

Artículo 2 – Un solo Dios
Después a continuación, por la institución que está contenida en la Sagrada Escritura, reconocemos que hay un solo Dios, a quien le debemos ambas cosas, adoración y servicio, y en quien hemos de poner toda nuestra confianza y esperanza: teniendo esta seguridad de que solo en Él se contiene toda la sabiduría, el poder, la justicia, la bondad y la compasión. Y ya que Él es Espíritu, debe ser servido y adorado en espíritu y en verdad.

Por consiguiente creemos que es una abominación el poner nuestra confianza o esperanza en cualquier cosa creada para ser adorado en lugar de Él, ya sean ángeles o cualquier otra criatura para ser reconocido como otro salvador de nuestras almas en lugar de Él, ya sean santos u hombres que vivan en la tierra; o del mismo modo, para ofrecer los servicios que deben ser hecho solo a Dios, en cumplimientos externos carnales o ceremonias como si Él se complaciera en tales cosas, tales como el hacer alguna imagen representativa de su divinidad o cualquier otra imagen para adoración.

Artículo 3 – La Ley de Dios es igual para todos
Debido a que hay un solo Dios, Señor y Maestro que tiene el dominio sobre nuestras conciencias, y porque su voluntad es el único principio de toda justicia, confesamos que toda nuestra vida debe ser gobernada de acuerdo con los mandamientos de su santa ley en la cual está contenida toda la perfección de la justicia, y que no debemos tener otra norma de bien para una vida justa ni tampoco inventar otras buenas obras para complementarlo con lo que está allí contenido en Su santa Escritura.

Artículo 4 – El hombre Natural
Reconocemos que el hombre por naturaleza es ciego, entenebrecido en el entendimiento y lleno de corrupción y perversidad de corazón, por lo que de sí mismo él no tiene el poder para ser capaz de comprender el verdadero conocimiento de Dios como es propio y debido, ni para aplicarse a sí mismo a las buenas obras. Pero por el contrario, si es dejado por Dios a lo que él es por naturaleza, éste es sólo capaz de vivir en ignorancia y de ser abandonado a toda iniquidad. De ahí que él tiene que ser iluminado por Dios para que pueda llegar al conocimiento adecuado de su salvación, y por consiguiente ser redirigido en sus afectos y reformado a la obediencia de la justicia de Dios.

Artículo 5 – El hombre está perdido por sí mismo
Puesto que el hombre es naturalmente (como se ha dicho) depravado y desprovisto en sí mismo de toda luz salvífica de Dios y de toda justicia, reconocemos que por sí mismo sólo puede esperar la ira y maldición de Dios, y por lo tanto él debe de buscar fuera de sí mismo los medios de su salvación.

Artículo 6 – La salvación en Jesucristo
Confesamos a continuación que es Jesucristo quien ha sido dado por Dios el Padre y con el fin de que sea solo en Cristo, en donde debemos recuperar todo lo que nos hace falta en nosotros mismos. Ya que todo lo que Jesucristo ha hecho y sufrido es para nuestra redención, y que indudablemente es cierto según las Sagradas Escrituras como también está contenido en el Credo apostólico, el cual es recitado en la Iglesia cuando se dice que:

Creo en Dios Padre, Todopoderoso, Creador del cielo y de la tierra. Creo en Jesucristo, su único Hijo, nuestro Señor; que fue concebido por el Espíritu Santo, nació de María virgen; padeció bajo el poder de Poncio Pilato, fue crucificado, muerto y sepultado; descendió a los infiernos, y al tercer día resucitó de entre los muertos; subió a los cielos; está sentado a la Diestra de Dios, Padre Todopoderoso, de donde vendrá a juzgar a los vivos y a los muertos. Creo en el Espíritu Santo; una santa Iglesia cristiana universal, la comunión de los santos; la remisión de los pecados, la resurrección del cuerpo y la vida eterna. Amén.

Artículo 7 – La justicia en Jesucristo
Por lo tanto, reconocemos las cosas que en consecuencia nos han sido dadas por Dios en Jesucristo: que en primer lugar, siendo nosotros en nuestra propia naturaleza enemigos de Dios y sujetos de Su ira y juicio fuimos reconciliados por medio de Él y recibidos de nuevo en gracia a través de la intercesión de Jesucristo, de tal manera que por su justicia e inocencia, tenemos la remisión de nuestros pecados y por el derramamiento de su sangre somos limpiados y purificados de todas nuestras manchas.

Artículo 8 – La regeneración en Jesucristo
En segundo lugar, reconocemos que por su Espíritu Santo somos regenerados en una nueva naturaleza espiritual. Es decir, que los malos deseos de nuestra carne son mortificados por la gracia divina para que ya no nos gobiernen más. Por el contrario, nuestra voluntad es hecha conforme a la voluntad de Dios, para seguir en su camino y buscar lo que a Dios le agrada. Por lo tanto estamos por Dios libertados de la esclavitud y de la condenación del pecado, bajo cuyo poder estuviésemos cautivos por nosotros mismos, y que por esta liberación se nos hace capaces y listos para hacer buenas obras y no de otra manera.

Artículo 9 – La remisión de los pecados siempre es necesario para los creyentes
Por último, reconocemos que esta regeneración es llevada a cabo en nosotros de tal manera que, hasta que nos mudemos de este cuerpo mortal, los residuos tales de imperfección y debilidad continúan siempre en nosotros, por lo que siempre permanecemos como pobres pecadores y miserables ante la presencia de Dios. Y, por mucho que deberíamos día a día aumentar y crecer en la justicia de Dios, nunca habrá plenitud o perfección mientras vivimos aquí. Así, hemos siempre de necesitar de la misericordia de Dios para obtener el perdón de nuestros pecados y faltas. Y por lo que debemos siempre buscar nuestra justicia en Jesucristo y no del todo en nosotros mismos, y solo en Él tener la confianza y la seguridad no poniendo fe en nuestras obras.

Artículo 10 – Todo nuestro bien procede de la Gracia de Dios.
A fin de que toda la gloria y alabanza sea dada a Dios (como es merecido), y para que seamos capaces de tener la verdadera paz y el reposo de nuestras conciencias, nosotros entendemos y confesamos que todos los beneficios los recibimos de Dios, como se dijo anteriormente, por Su clemencia y misericordia, sin ninguna consideración de nuestra dignidad o del mérito de nuestras obras, el cual estaba previsto sin ningún tipo de recompensa más que la confusión eterna. No obstante, nuestro Dios en su bondad, habiéndonos recibido en la comunión en Su Hijo Jesús, atiende a las buenas obras que hacemos en la fe de forma buena y agradable; no que ellas merezcan algo en absoluto, sino porque, al no tomándose en cuenta ninguna de las imperfecciones que están ahí, Él reconoce en ellas nada más aquello que procede de su Espíritu obrando en nosotros.

Artículo 11 – La Fe
Confesamos que la entrada por la cual tenemos nosotros acceso a los grandes tesoros y a las riquezas de la bondad de Dios y que son concedidas a nosotros, es por la sola fe; puesto que en firme confianza y seguridad de corazón, nosotros creemos en las promesas del Evangelio, y recibimos a Jesucristo como Él se nos ofrece por el Padre y descrito a nosotros por la Palabra de Dios.

Artículo 12 – Invocación a Dios solamente y la intercesión de Cristo
Como ya hemos declarado que tenemos dicha confianza y esperanza de la salvación y de toda bendición sólo en Dios por medio Jesucristo, por lo que confesamos que debemos invocarlo a Él en todas nuestras necesidades en el nombre del Señor Jesucristo, quien es nuestro Mediador y Abogado con Dios, y por quien se tiene acceso a Él. De la misma manera debemos reconocer que todas las cosas buenas vienen solo de Él, y para dar gracias solamente a Él por todas ellas. Por otro lado, rechazamos la intercesión de los santos como una superstición inventada por los hombres y la cual está en contra de las Sagradas Escrituras, por la razón de que procede de la desconfianza de la suficiencia de la intercesión de Jesucristo.

Artículo 13 – Oración Inteligible
Por otra parte ya que la oración no es más que hipocresía y fantasía a menos que proceda de los afectos interiores del corazón entendido, creemos que todas las oraciones deben ser hechas con clara comprensión de la Palabra de Dios. Y por esta razón, aprendemos la oración de nuestro Señor la cual nos muestra adecuadamente lo que debemos pedir y como debemos de hacerlo:

“Padre nuestro que estás en los cielos,santificado sea tu nombre. “Venga tu reino.Hágase tu voluntad,así en la tierra como en el cielo. “Danos hoy el pan nuestro de cada día. “Y perdónanos nuestras deudas, como también nosotros hemos perdonado a nuestros deudores. “Y no nos metas en tentación, mas líbranos del mal. Porque tuyo es el reino y el poder y la gloria para siempre jamás. Amén…  (Mateo 6:9-13 LBLA)

Artículo 14 – Los Sacramentos
Creemos que los sacramentos que nuestro Señor ha ordenado en su Iglesia han de considerarse como ejercicios de fe para nosotros, tanto para fortalecer y confirmar las promesas de Dios como para dar testimonio delante de los hombres. De estos sacramentos existen en la Iglesia cristiana sólo dos que se instituyeron por la autoridad de nuestro Salvador: el Bautismo y la Cena del Señor. Esto por el contrario, a lo que se mantiene dentro de la esfera papal en relación a siete sacramentos, lo cual condenamos como fábula y mentira.

Artículo 15 – El bautismo
El bautismo es un signo externo por el cual nuestro Señor Dios testifica que Él desea recibirnos para ser sus hijos, como miembros de Su Hijo Jesucristo. De ahí que el bautismo es representado para nosotros como la limpieza y purificación que tenemos en la sangre de Jesucristo, y la mortificación de la carne que tenemos por su muerte para que podamos vivir en Él por su Espíritu. Ahora bien, puesto que nuestros hijos pertenecen a tal alianza con nuestro Señor Dios, estamos seguros que el signo externo es correctamente aplicado a ellos.

Artículo 16 – La Santa Cena
La Cena del Señor es una señal por la cual bajo el pan y el vino se representa la verdadera comunión espiritual que tenemos con Cristo en su cuerpo y sangre. Reconocemos que de acuerdo a su ordenanza, se debe ser distribuido en compañía de todos los fieles, con el fin de que todos aquellos que desean tener a Jesús por su vida puedan ser participantes de la misma.

En tanto la misa papal la rechazamos como una ordenanza diabólica y reprobada subvirtiendo el misterio de la Santa Cena del Señor, por eso declaramos que es execrable a nosotros, una idolatría condenada por Dios; ya que es considerada como un sacrificio para la redención de las almas al tomar el pan y adorarlo como Dios. Además hay otras blasfemias execrables y supersticiones implícitas aquí, como el abuso de la Palabra de Dios que se toma en vano y sin fines de provecho o de edificación.

Artículo 17 – Tradiciones humanas
Porque las ordenanzas son necesarias para la disciplina interna de la Iglesia y de uso exclusivo para el mantenimiento de la paz, la honestidad y el buen orden en la asamblea de los cristianos, nosotros no nos aferramos a ser tradicionales en absoluto, esto en la medida en que estas ordenanzas se compongan bajo el mando general de Pablo en donde él desea que todo se haga entre los creyentes decentemente y con orden.

En cambio, todas las leyes y reglamentos con carácter de obligación a la conciencia y que ordenan a los fieles a cosas no señaladas por Dios, o el establecer otro servicio a Dios que el que se exige según Su Palabra, tendiendo así a destruir la libertad cristiana, entonces nosotros condenamos esto como doctrinas perversas de Satanás, en vista de la declaración de nuestro Señor quien dijo; “pues en vano me honran, enseñando como doctrinas, mandamientos de hombres.” (Mateo 15:8-9). Es en esta estimación es que tenemos las peregrinaciones, los monasterios, las distinciones de los alimentos, la prohibición del matrimonio, confesiones y otras tantas cosas.

Artículo 18 – La Iglesia
Si bien existe una única Iglesia de Jesucristo, siempre reconocemos la necesidad que obliga a las comunidades de los fieles a ser distribuidas en diferentes lugares. Y son de estas asambleas que cada una de ellas es llamada la Iglesia del Señor. Pero no todas las comunidades se reúnen en el nombre de nuestro Señor, sino que hay quienes se reúnen solo para blasfemar y contaminar con sus sacrílegos hechos el nombre de Dios, por eso creemos que la marca apropiada en que podemos discernir la Iglesia de Jesucristo es que el santo Evangelio de Jesucristo es pura y fielmente predicado, proclamado, escuchado y retenido, y Sus sacramentos son propiamente administrados, incluso si hay algunas imperfecciones y fallas como siempre habrá entre los hombres. Por otro lado, donde el Evangelio de Jesucristo no es predicado pura y fielmente como escuchado y recibido, ahí nosotros no reconocemos Iglesia alguna. De ahí que las iglesias que se rigen por las ordenanzas papales son más bien sinagogas del diablo que iglesias cristianas.

Artículo 19 – La excomunión
Porque siempre hay algunos que sostienen a Dios y a su Palabra en desprecio y que no toman en cuenta la amonestación, ni la exhortación, ni la reprensión, y por lo que se requiere de un mayor castigo para estas cosas, tenemos en estima la disciplina de la excomunión para ser una cosa santa y saludable entre los fieles, ya que fue verdaderamente instituida por nuestro Señor con buena razón. Esto es con el fin de que los malvados no lo hagan por su conducta condenable con la cual corrompen el bien y deshonran a nuestro Señor, y que si bien orgullosos pueden recurrir a la penitencia. Por lo tanto creemos que es conveniente de acuerdo a lo ordenado por Dios que todos los idólatras manifiestos, blasfemos, asesinos, ladrones, personas lascivias, falsos testigos, traficantes, culpables de difamación o asalto, borrachos, y todos cuantos han sido debidamente advertidos  y sin haber enmienda, tengan que ser separados de la comunión de los fieles hasta que se conozca su arrepentimiento.

Artículo 20 – Ministros de la Palabra
Nosotros reconocemos no otros pastores en la Iglesia del Señor que los pastores fieles de la Palabra de Dios, quienes por un lado lo hacen alimentando a las ovejas de Jesucristo con la instrucción, amonestación, consuelo, exhortación y deprecación, y que por el otro lado lo hacen resistiendo toda falsa doctrina y engaño del diablo, sin mezclar la pura doctrina de las Escrituras con sus sueños o sus propias imaginaciones necias. Para estos pastores concedemos ningún otro poder o autoridad mas el entregado a ellos por la misma Palabra de Dios para llevar a cabo, guiar y gobernar al pueblo de Dios, en la que tienen el poder de mandar, defender, prometer y advertir, y sin la cual no pueden ni deben intentar cualquier cosa alguna.

A medida que recibamos los verdaderos ministros de la Palabra de Dios como mensajeros y embajadores de Dios, es necesario el escucharlos como a Dios mismo, y sostener sus ministerios a ser una comisión de Dios necesaria en la Iglesia. Por otro lado, sostenemos que todos los profetas y falsos seductores, quienes abandonan la pureza del Evangelio y se desvían a sus propias invenciones, no se debe en absoluto mantener, ya que no son los pastores que pretenden ser, sino más bien, al igual que lobos rapaces deben ser objeto de caza y expulsión del pueblo de Dios.

Artículo 21 – Magistrados
Sostenemos la supremacía y el dominio de los reyes y los príncipes como también de otros magistrados y funcionarios, a ser una cosa santa y una buena ordenación por Dios. Y puesto que en el desempeño de sus oficios ellos sirven a Dios y siguen una vocación cristiana, ya sea en la defensa de los afligidos e inocentes, o en la corrección y sanción de la maldad de los impíos, nosotros por nuestra parte también les debemos conceder el honor y la reverencia, para rendir respeto y sumisión, para ejecutar sus órdenes, para soportar las cargas que se imponen a nosotros, en la medida en que podamos ser capaces y sin ofender a Dios.

En resumen, debemos considerarlos como vicarios y lugartenientes de Dios, a quien no se puede resistir sin resistir a Dios mismo; y su gabinete como una comisión sagrada de Dios que ha sido dada a fin de que puedan guiar y gobernarnos. Por lo tanto, sostenemos que todos los cristianos están obligados a orar a Dios por la prosperidad de los superiores y señores del país en el que viven, obedecer los estatutos y ordenanzas que no contravengan los mandamientos de Dios, para promover el bienestar, la paz y el bien público, tratando de sostener el honor de las personas por encima de ellos y la paz del pueblo, sin idear o intentar cualquier cosa para inspirar problemas o disensión. Por otra parte, declaramos que todos aquellos que se comportan infielmente hacia sus superiores, y no tienen una preocupación adecuada para el bien público del país en el que viven, demuestran así su infidelidad hacia Dios.


Tomado de www.creeds.net/reformed/gnvconf.htm
Título en inglés: The Confession of Faith

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