“Creemos y confesamos que nuestro Señor Jesucristo, exaltado a la diestra del Padre, vendrá visiblemente, en gloria, poder y majestad, al final del tiempo, para juzgar a los vivos y a los muertos, conforme a su promesa infalible y al testimonio de toda la Escritura. Esta venida será personal, corporal, repentina e inconfundible. No vendrá ya en humillación, sino en gloria; no como siervo sufriente, sino como Juez soberano y Rey universal. Todos compareceremos ante el tribunal de Cristo, y serán abiertas las obras, las palabras y los pensamientos de cada persona.
Los impíos, que no creyeron el Evangelio ni obedecieron al Señor, serán condenados con justicia a la muerte eterna, separados de la presencia de Dios, en castigo consciente y eterno. Esta doctrina no es alegórica ni temporal, sino afirmación solemne de la justicia de Dios. Los creyentes verdaderos, escogidos por gracia, redimidos por la sangre de Cristo y regenerados por el Espíritu, serán resucitados en gloria y recibirán su herencia eterna; sus buenas obras serán recompensadas, aunque es por gracia divina que Dios corona sus propios dones. Luego habitarán con Dios en la nueva creación, donde no habrá más muerte, dolor ni pecado.”
(Confesión de Fe Hispana, Artículo 37).
Introducción
La doctrina de la justificación ha sido, desde el siglo XVI, un punto cardinal de debate en la teología cristiana, arraigada profundamente en las convicciones sobre la salvación y la posición del creyente ante Dios. Esta doctrina no existe en un vacío teológico; está intrínsecamente ligada a la escatología y, en particular, a la concepción del juicio final. La manera en que una persona es declarada justa ante Dios (justificación) moldea fundamentalmente cómo se concibe la evaluación o confirmación de esa justicia al final de los tiempos (juicio final). Esta conexión es más que una secuencia cronológica; es una relación fundacional que subraya la coherencia interna de la soteriología y la escatología.
En este contexto, la obra “Justificación: Cinco Perspectivas”, editada por James K. Beilby y Paul Rhodes Eddy, se erige como un foro esencial para el diálogo interdenominacional sobre estas doctrinas. El libro reúne a “eruditos y teólogos de renombre mundial para abordar un tema muy candente”. Se ha elogiado por su capacidad para modelar una sana enseñanza doctrinal, congregando a representantes de diversas posiciones ortodoxas para clarificar definiciones y entablar un diálogo constructivo. Los editores buscaron abordar una cuestión teológica significativa, definir con claridad el debate y presentar las posturas en cuanto a este tema. La estructura de “cinco perspectivas” es una herramienta metodológica que resalta las múltiples facetas y distinciones dentro del debate, revelando incluso que “puede haber más de cinco puntos de vista sobre la justificación”. Esta aproximación subraya la complejidad y la riqueza de la discusión teológica, exigiendo un análisis matizado de cada punto de vista.
I. La Perspectiva Reformada Tradicional (Michael S. Horton) y el Juicio Final
Michael S. Horton, representante de la perspectiva Reformada Tradicional, articula la justificación como una declaración judicial, o forense, por la cual una persona es “considerada justa ante Dios”. Esta declaración se basa “únicamente en la imputación de la justicia meritoria de Cristo”. Horton defiende vigorosamente la doctrina de la imputación frente a críticas recientes, enfatizando que el veredicto de justificación “no se basa en las buenas obras de la persona justificada”. En esta visión, la justificación es lógicamente anterior a la unión con Cristo.
La articulación de la justificación forense por parte de Horton no es meramente una afirmación teológica, sino también una postura defensiva que busca preservar las particularidades de la Reforma frente a lo que percibe como desviaciones. Critica la visión católica romana, a la que considera un “triunfo del nominalismo” y una divergencia de las enseñanzas de Agustín o incluso Tomás de Aquino. La distinción clara entre justificación y santificación es un elemento central en el debate continuo entre protestantes reformados y católicos romanos. Esto ilustra cómo las posiciones teológicas a menudo se configuran en respuesta a controversias históricas y confesionales.
En cuanto al juicio final, Horton reconoce explícitamente las “claras afirmaciones de Pablo sobre el juicio futuro según las obras”, citando pasajes como 2 Corintios 5:10 y Romanos 14:12. Sin embargo, interpreta estas declaraciones como un “juicio según (κατα) las obras, en lugar de por medio o a causa de (δια o εκ) las obras”. Lo fundamental es que el juicio final “no emitirá un veredicto diferente al que los creyentes disfrutan ahora; más bien, confirmará a los elegidos como aquellos que no solo han sido justificados, sino también santificados por gracia”. Esto significa que el juicio es una “absolución y reconocimiento abiertos”, no un veredicto que redefina la posición del creyente.
La perspectiva de Horton encarna una tensión clásica en la escatología reformada, a menudo denominada la tensión del “ya, pero todavía no”. La salvación está definitivamente asegurada en el presente (“ya”), pero su plena manifestación pública y reconocimiento tienen lugar en el juicio futuro (“todavía no”). Este marco permite que las buenas obras se manifiesten como evidencia de una justificación previa sin que se conviertan en el fundamento de esa justificación misma. Las buenas obras son una “consecuencia” de la justificación y pertenecen a la “santificación, un proceso por el cual el pecador produce el fruto inevitable de la bondad que proviene de la gratitud por la salvación, pero que es distinto de la justificación”. Calvino, citado por Horton, sostiene que Dios “recibe también nuestras obras con una aceptación de gracia” después de habernos recibido en su favor previamente, y que “no hay inconsistencia en decir que Él recompensa las buenas obras, siempre que entendamos que la humanidad, sin embargo, obtiene la vida eterna gratuitamente (en Cristo)”. En esta visión, Dios recompensa las obras que Él mismo preparó de antemano para que los creyentes anduvieran en ellas.
II. La Perspectiva Reformada Progresista (Michael F. Bird) y el Juicio Final
Michael F. Bird, representando la perspectiva Reformada Progresista, adopta una postura que busca mediar entre la visión Reformada Tradicional y la Nueva Perspectiva sobre Pablo. Su enfoque es ampliamente pactual y, aunque respetuoso de las confesiones reformadas, se muestra abierto a correcciones.
Bird argumenta que la justificación debe ser entendida como “tanto forense (declaración legal) como efectiva (produciendo un cambio real)”. Prefiere las “categorías participacionistas” de la justificación en Cristo por encima de las declaraciones puramente forenses, aunque considera ambas legítimas. Critica el concepto de imputación, sosteniendo que “presiona ideas bíblicas legítimas en un marco ilegítimo”, “malinterpreta parte del lenguaje”, está “atrapado en categorías medievales de mérito” y “no capta adecuadamente las implicaciones de la unión con Cristo”.
La designación de la postura de Bird como “Reformada Progresista” y su intención de mediar entre las visiones Reformada Tradicional y la Nueva Perspectiva revelan un intento de síntesis. Su insistencia en que la justificación es “tanto forense como efectiva” sugiere que, si bien la declaración de Dios es primordial, la transformación interna (santificación) no es meramente una consecuencia, sino un aspecto integral de lo que significa ser justificado. Esto implica que en el juicio final, el aspecto “efectivo” (el cambio real, las obras producidas por la fe) serviría no solo como evidencia externa, sino como una manifestación interna del estado justificado, lo que podría influir en la naturaleza del reconocimiento final, aunque no en su base.
Bird enfatiza que la “incorporación en la justicia de Cristo no solo salva al individuo, sino que también une a grupos de personas previamente separados en Dios”. Bird considera que la Nueva Perspectiva sobre Pablo (NPP) es “correcta en lo que afirma, pero a menudo errónea en lo que niega”. Destaca el énfasis de la NPP en el “contexto social y la textura étnica del discurso de Pablo sobre la justificación”, argumentando que el punto de Pablo era que “los gentiles no tienen que convertirse en judíos para ser cristianos”.
La fuerte afirmación de Bird de que la justificación por fe implica “comunión por fe” y que conduce a “iglesias multiculturales” donde “el racismo y el prejuicio étnico no tienen cabida” revela una importante dimensión ética y social en su teología de la justificación. Aunque no se refiere directamente a los criterios del juicio final, este énfasis sugiere que el resultado de la justificación (una comunidad transformada e inclusiva) es un aspecto vital del plan redentor de Dios. Por lo tanto, en el juicio final, la manifestación de esta unidad multiétnica y la ausencia de prejuicios serían un indicador clave de la justificación genuina, en consonancia con el aspecto “efectivo” de su punto de vista. Esto amplía la discusión más allá de la posición individual ante Dios para abarcar la realidad comunitaria. Bird concuerda en que “las obras quedan excluidas como base de la salvación porque ninguna mezcla de esfuerzo o etnicidad puede garantizar la salvación”.
La justificación por fe se refiere “tanto al alcance de la salvación (judío y gentil) como al instrumento (fe en lugar de obras)”. En el contexto de las discusiones sobre el papel de las obras en el juicio final, la posición de Bird probablemente se inclinaría hacia que las obras sirven como evidencia de la salvación, aunque con un énfasis más fuerte en su naturaleza transformadora como parte del proceso de justificación mismo.
III. La Nueva Perspectiva sobre Pablo (James D.G. Dunn) y el Juicio Final
James D.G. Dunn es una figura central en la Nueva Perspectiva sobre Pablo (NPP). La NPP desafía la lectura tradicional de la Reforma de Pablo, argumentando que malinterpreta el judaísmo como una religión legalista basada en obras. En cambio, ve el judaísmo del Segundo Templo como una religión basada en la gracia, operando bajo el concepto de “nomismo pactual”.
Para Dunn, la justificación no se trata solo de “entrar” (entrada inicial en el pacto), sino también de “permanecer” (mantener el lugar dentro de la comunidad pactual). Los comentarios negativos de Pablo sobre las “obras de la ley” no se interpretan en categorías soteriológicas (cómo se salva uno), sino en categorías sociales (cómo permanece uno). Estas “obras de la ley” se refieren a “insignias sociales” o “marcadores de identidad” del judaísmo, como la circuncisión, la observancia del sábado y las restricciones alimentarias, que servían para separar a judíos de gentiles. La controversia para Pablo radicaba en que los gentiles no tenían que observar estos marcadores de identidad para “permanecer” en el pacto. La justificación por fe enfatiza la inclusión de los gentiles y combate el nacionalismo.
El énfasis de Dunn en “entrar” y “permanecer” redefine fundamentalmente la justificación, pasando de un acto forense singular y completado a una relación pactual continua que culmina en un juicio futuro. La afirmación explícita de que las obras “proporcionarán el criterio por el cual Cristo determinará el destino eterno de su pueblo” establece un vínculo causal directo entre las acciones presentes y el resultado futuro, lo que contrasta con el modelo de “confirmación” de la visión Reformada Tradicional. Esto implica que el juicio final no es simplemente una declaración pública de un veredicto pasado, sino un evento determinante basado en la fidelidad sostenida dentro del pacto.
Dunn vincula explícitamente la justificación por fe con el “juicio ‘según las obras'”. Busca clarificar cómo “los tiempos presente y futuro de la justificación se mantienen unidos” y cómo la justificación por fe “se correlaciona con el juicio final ‘según las obras'”. Para Dunn, las obras “proporcionarán el criterio por el cual Cristo determinará el destino eterno de su pueblo”. Esto representa una desviación significativa de la visión Reformada Tradicional, donde las obras son meramente evidencia. La NPP afirma que el papel escatológico de Cristo está ligado a este juicio. N.T. Wright, otra figura clave de la NPP, argumenta que la justificación “no se completa en el momento de la salvación, sino que es la declaración continua de Dios sobre el estado de uno en la comunidad del pacto” y se “mantiene a través de las obras y finalmente se completa cuando el creyente es vindicado en el juicio final”. Esta visión defiende una “dimensión escatológica de la doctrina de la justificación de Pablo”.
Al reinterpretar las “obras de la ley” como “insignias sociales” o “marcadores de identidad” en lugar de intentos meritorios de salvación , Dunn desplaza el foco de la crítica de Pablo del legalismo al nacionalismo. Esta relectura tiene un profundo efecto en la comprensión del juicio final. Si las “obras” en cuestión se refieren a la adhesión fiel al pacto (entendida ampliamente, no solo como marcadores rituales), entonces el juicio “según las obras” se convierte en una evaluación de la fidelidad pactual y la inclusión de otros, en lugar de un conteo de logros morales individuales para el mérito. Este enfoque busca resolver la tensión percibida entre las enseñanzas de Pablo y Santiago.
IV. La Perspectiva de la Deificación/Teosis (Veli-Matti Kärkkäinen) y el Juicio Final
Veli-Matti Kärkkäinen presenta la perspectiva de la Deificación, o Teosis. Su obra, “Uno con Dios: La salvación como deificación y justificación”, destaca que la deificación es el “auténtico objetivo de la justificación”. La teosis se define como “el proceso por el cual un adorador se libera de la hamartía (‘errar el blanco’), uniéndose con Dios, comenzando en esta vida y consumándose posteriormente en la resurrección corporal”. Para los cristianos ortodoxos, la Teosis es la salvación.
Esta perspectiva asume que los seres humanos fueron creados para “participar en la Vida o la Naturaleza de la Santísima Trinidad” , lo que implica “llegar a ser por gracia lo que Dios es por naturaleza”. Enfatiza la “participación de la humanidad en la naturaleza divina” y su “arraigo en la Encarnación”. La deificación se considera un “proceso presente y existencial” más que una mera esperanza escatológica.
A diferencia de las visiones forenses que se centran en una declaración legal, o las visiones pactuales que se centran en la posición relacional, la perspectiva de la Deificación enmarca la justificación como un proceso de llegar a ser “participantes de la naturaleza divina”. Por lo tanto, el juicio final no se trata simplemente de un veredicto o un estatus, sino del grado de transformación y unión con Dios logrado a través de una vida de “praxis”. El juicio revela el estado real de la conformidad del alma con Cristo, convirtiéndolo en una evaluación ontológica en lugar de puramente forense, lo que implica un criterio más profundo e interno para el juicio.
Es decir, los criterios específicos de Kärkkäinen para el juicio final y el concepto de Teosis bien apuntan inherentemente a una consumación transformadora. La Teosis “afirma la restauración completa de todas las personas (y de toda la creación), en principio”. La “consumación escatológica” es un tema clave en sus discusiones sobre la expiación y la salvación. El juicio final en la teología ortodoxa a menudo se representa con Cristo “con las manos abiertas para dar la bienvenida y abrazar a los santos”, contrastando con las representaciones occidentales que culminan en el miedo. Se trata de que la “verdad de la relación de cada hombre con Dios” quede al descubierto , y las personas sean “discernidas en dos grupos separados: aquellos que mirarán a Cristo como el Paraíso y aquellos que mirarán a Cristo como el infierno”.
La visión de Kärkkäinen busca una “convergencia ecuménica” entre las tradiciones luterana, católica romana y ortodoxa oriental, particularmente a través del concepto de “unión con Dios”. Esto sugiere que la visión de la Deificación ofrece una comprensión más holística de la salvación que integra la justificación, la santificación y la glorificación en un proceso único y continuo de participación en la vida divina. En consecuencia, el juicio final es la “consumación” definitiva de este proceso , donde se revela y se experimenta la plena extensión de esta unión y transformación. Esta perspectiva desafía las definiciones más estrechas de salvación y juicio al enfatizar la restauración integral de la humanidad. El camino hacia la teosis incluye “muchas formas de praxis”, como vivir en la comunidad de la iglesia, participar regularmente en los sacramentos (especialmente la Eucaristía) y cultivar la “oración del corazón”. La deificación es la “transformación del alma humana por este amor kenótico” , y la gloria futura está “en el corazón de las promesas de Dios”.
V. La Perspectiva Católica Romana (Gerald O’Collins y Oliver P. Rafferty) y el Juicio Final
Gerald O’Collins y Oliver P. Rafferty presentan la perspectiva Católica Romana. Esta visión está fuertemente influenciada por el Concilio de Trento (1545-1563), que sigue siendo el “momento definitorio” para la teología católica romana oficial de la justificación.
Según esta perspectiva, la justificación no es solo por fe, ni solo por buenas obras, sino por una “mezcla de ambas a través del aumento de la propia justicia inherente”. No es solo una remisión de los pecados, sino también la “santificación y renovación del hombre interior a través de la recepción voluntaria de la gracia y los dones por los cuales un hombre injusto se vuelve justo”. La gracia se entiende como una “sustancia divina infundida en nuestra alma”, lo que permite la cooperación con Dios. Este proceso implica una “justificación inicial, a menudo ligada al bautismo”, seguida de un “aumento de la justificación a través de la infusión de hábitos y virtudes”.
La visión católica romana enfatiza una “comprensión sinérgica de la gracia” , donde la gracia infundida permite la cooperación humana y el mérito. Esto significa que la justificación no es un acto singular y completado, sino un proceso continuo que requiere la participación humana. En consecuencia, el juicio final no es una mera confirmación de una declaración forense pasada, sino una culminación y consumación de este proceso de toda la vida de llegar a ser intrínsecamente justo. Los conceptos de “segunda justificación” y purgatorio son extensiones lógicas directas de esta visión sinérgica, proporcionando un mecanismo para la finalización de la justicia antes del veredicto final.
Trento declaró que el pecador es “justificado por la fe y las obras”. Si bien “nadie puede merecer la gracia inicial del perdón y la justificación”, una vez justificados, los individuos pueden “merecer para nosotros y para otros las gracias necesarias para nuestra santificación, para el aumento de la gracia y la caridad, y para el logro de la vida eterna”. “La fe, a menos que se le añadan la esperanza y la caridad, ni une perfectamente al hombre con Cristo ni lo convierte en un miembro vivo de Su cuerpo”. “La fe sin obras está muerta”. El “mérito del hombre ante Dios en la vida cristiana surge del hecho de que Dios ha elegido libremente asociar al hombre con la obra de su gracia”.
La visión católica romana vincula la justificación a los sacramentos, particularmente el bautismo (justificación inicial) y la Eucaristía (la Misa como “sacrificio aceptable del altar” que ayuda a las almas en el purgatorio). Esto resalta una dimensión comunitaria y sacramental de la salvación y, por extensión, del juicio final. Los fieles en la tierra pueden ayudar a las almas en el purgatorio a través de sufragios y la Misa. Esto implica que la posición de uno en el juicio final no es únicamente una cuestión individual, sino que está entrelazada con la vida y las prácticas continuas de la Iglesia, tanto de los vivos como de los difuntos, lo que contrasta marcadamente con las visiones protestantes más individualistas.
La visión católica romana sostiene una doctrina de “segunda justificación” vinculada al juicio final. La justificación “solo se completa en el juicio final después de un período de purificación en el purgatorio”. El Concilio de Trento codificó la doctrina del purgatorio, donde las almas “son ayudadas por los sufragios de los fieles y principalmente por el sacrificio aceptable del altar”. El purgatorio es un lugar donde los pecadores “purgan sus pecados veniales” y donde se realiza la “contrición final y la penitencia”. La Iglesia de Roma cree que los pecadores “deben satisfacer la justicia de Dios por el castigo temporal de las ofensas, ya sea en la tierra o en el purgatorio”. Dios no declara justa a una persona “hasta que sea realmente justa”, y esta declaración “espera la consumación”. El Juicio Final “revelará hasta sus últimas consecuencias el bien que cada persona ha hecho o dejado de hacer durante su vida terrenal”. Revelará que “la justicia de Dios triunfa sobre todas las injusticias cometidas por sus criaturas”. Los criterios para el juicio incluyen acciones relacionadas con la caridad y el servicio, como se ve en la parábola de las ovejas y los cabritos.
Análisis Comparativo y Conclusión
Las cinco perspectivas en “Justificación: Cinco Perspectivas” revelan una amplia diversidad en la comprensión del juicio final, aunque con puntos de convergencia y divergencia significativos. Una de las principales diferencias radica en la definición y el papel de las “obras” en el juicio final. Para Horton, las obras son consecuencias y evidencia de la justificación. Para Dunn, las “obras de la ley” son marcadores de identidad de la fidelidad pactual que se convierten en un criterio. Para Kärkkäinen, la “praxis” es integral al proceso de deificación. Para O’Collins y Rafferty, las obras son méritos que contribuyen a la justicia infundida y a una “segunda justificación”. Este espectro de interpretaciones de las “obras” es un factor causal en las concepciones tan distintas del juicio mismo, demostrando cómo el debate sobre el juicio final está profundamente entrelazado con la antropología (naturaleza y capacidad humana) y la soteriología (cómo se logra la salvación) subyacentes de cada tradición.
Las implicaciones teológicas de cada enfoque son profundas para la soteriología y la vida cristiana. El debate sobre la justificación y el juicio final es un “tema candente” que, según se ha observado, “arroja más luz que calor”. Es crucial para comprender la salvación y la posición correcta ante Dios. La Nueva Perspectiva sobre Pablo, por ejemplo, representa un “cambio de paradigma” que, en algunas interpretaciones, “no hace menos que derrocar la Reforma” al rechazar la doctrina de la imputación. Esto tiene significativas implicaciones ecuménicas, con el potencial de tender puentes entre las visiones católica romana y protestante. Sin embargo, la visión de Horton, por ejemplo, mantiene una fuerte crítica a Trento.
El volumen también destaca una tensión entre los eruditos bíblicos y los teólogos sistemáticos, lo que a veces da la impresión de que “hablan sin entenderse” debido al uso de diferentes herramientas disciplinarias. Esta situación subraya la complejidad de integrar las diversas aproximaciones al estudio teológico.
En última instancia, la obra de Beilby y Eddy es elogiada por su capacidad para reunir a diversos académicos, facilitando una interacción que puede enriquecer a cada participante. Fomenta la escucha atenta de las Escrituras en lugar de imponer sistemas de pensamiento preestablecidos. La escatología, a menudo vista de manera limitada, es en realidad una rama profunda de la teología que representa el cumplimiento de las promesas de Dios. El juicio final no es solo un evento distante, sino que tiene una relevancia directa para la vida y el comportamiento presentes. El estudio de estas diversas perspectivas sobre el juicio final, por lo tanto, no es un mero ejercicio académico, sino una exploración vital de las verdades fundamentales que dan forma a la fe y la práctica cristianas.