“Toda potestad me es dada en el cielo y en la tierra. Por tanto, id… enseñándoles que guarden todas las cosas…” (Mateo 28:18–20, RVR60)
Preámbulo. Confesamos el Credo Niceno‑Constantinopolitano y la suficiencia de la Escritura. Rechazamos la sacralización del Estado y el clericalismo. Afirmamos una Cristiandad 2.0: teocracia libertaria de servicio, donde Cristo reina por su Palabra y Espíritu; las instituciones se ordenan por pactos libres, equidad general y justicia restaurativa.
Tesis 1 — Señorío de Cristo. Jesús, verdadero Dios y verdadero hombre, reina sobre toda esfera; ninguna autoridad es absoluta ni autónoma.
Tesis 2 — Libertad de conciencia. La fe no se impone por coacción; el culto y la palabra deben ser libres de censura y privilegios.
Tesis 3 — Equidad general de la Ley. El Decálogo, según su uso civil y principios, establece mínimos: vida, familia, propiedad, veracidad, contratos, debido proceso y proporcionalidad.
Tesis 4 — Subsidiariedad pactal. Familia, iglesia, gremios y comunes son primeros responsables; lo que pueda resolverse localmente no se centraliza.
Tesis 5 — Justicia restaurativa. La pena busca restituir y reconciliar, no vengar; y debe ser proporcional según el delito cometido.
Tesis 6 — No‑estatismo. El poder civil legítimo es ministerio de justicia limitada; no define culto ni cultura, deroga trabas y protege libertades.
Tesis 7 — Economía de mayordomía. Propiedad privada responsable, libre empresa con ética del pacto, precios libres, contratos ejecutables.
Tesis 8 — Gobernanza abierta. Transparencia radical, auditoría ciudadana, rotación de cargos, incompatibilidades y derecho de secesión ordenada.
Tesis 9 — Misión cultural. La Gran Comisión forma discípulos en todas las vocaciones (hogar, educación, oficios, artes, ciencia, comercio, derecho).
Tesis 10 — Federalismo confesional. Cooperación horizontal entre iglesias y comunidades sobre bases doctrinales claras (Nicena‑Calcedonia) sin jerarquías coercitivas.